EMSERFUSA E.S.P. retiró los contenedores de la Avenida de Las Palmas.

EMSERFUSA E.S.P. retiró los contenedores de la Avenida de Las Palmas.

La Empresa de Servicios Públicos de Fusagasugá EMSERFUSA ESP, se permite informar a la comunidad que los contenedores ubicados sobre la av. De las palmas, desde la Cra 4 hasta el puente de Sabaneta, fueron retirados, debido al mal uso que los usuarios le estaban dando a este mobiliario; por tal motivo se solicita a la comunidad sacar sus residuos sólidos EN BOLSAS CORRECTAMENTE CERRADAS, durante los horarios y frecuencias establecidas, así como también dejar las bolsas ÚNICAMENTE FRENTE A SUS ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO.

Se recuerda que según la ley 979 de 1990 en su artículo 24. “Ningún establecimiento podrá almacenar a campo abierto o sin protección las basuras provenientes de sus instalaciones, sin previa autorización del Ministerio de Salud o la entidad delegada.” y el código nacional de policía en su Artículo 111. Comportamientos contrarios a la limpieza y recolección de residuos y escombros y malas prácticas habitacionales. Los siguientes comportamientos son contrarios a la habitabilidad, limpieza y recolección de residuos y escombros y por lo tanto no deben efectuarse:

  1. Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio o en sitio diferente al lugar de residencia o domicilio.

  2. No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar la basura.

  3. Arrojar residuos sólidos y escombros en sitios de uso público, no acordados ni autorizados por autoridad competente.

  4. Esparcir, parcial o totalmente, en el espacio público o zonas comunes el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección.

  5. Dejar las basuras esparcidas fuera de sus bolsas o contenedores una vez efectuado el reciclaje.

  6. Disponer inadecuadamente de animales muertos no comestibles o partes de estos dentro de los residuos domésticos.

  7. Dificultar de alguna manera, la actividad de barrido y recolección de la basura y escombros, sin perjuicio de la actividad que desarrollan las personas que se dedican al reciclaje.

  8. Arrojar basura, llantas, residuos o escombros en el espacio público o en bienes de carácter público o privado.

  9. Propiciar o contratar el transporte de escombros en medios no aptos ni adecuados.

  10. Improvisar e instalar, sin autorización legal, contenedores u otro tipo de recipientes, con destino a la disposición de basuras.

  11. Transportar escombros en medios no aptos ni adecuados.

  12. No recoger los residuos sólidos en los horarios establecidos por la misma empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada.

  13. Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodos, combustibles y lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento.

  14. Permitir la presencia de vectores y/o no realizar las prácticas adecuadas para evitar la proliferación de los mismos en predios urbanos.

  15. No permitir realizar campañas de salud pública para enfermedades transmitidas por vectores dentro de los predios mencionados en el anterior inciso.

Parágrafo 1º. Quien incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados, será objeto de la aplicación de medidas sancionatorias.

Cabe recordar que el vehículo recolector pasa TODOS LOS DÍAS en HORAS DE LA NOCHE, a partir de las 6:00 p.m. a recolectar los residuos de esta zona.


Número de visitas a esta página 631
Fecha de publicación 14/11/2022
Última modificación 14/11/2022